Nombre del indicador |
Niños, Niñas y Adolescentes alojados/as en Acogimiento Familiar
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Definición conceptual |
Los hogares de niñez y adolescencia son establecimientos que proporcionan un lugar de residencia que garantiza la satisfacción de las necesidades básicas de protección y el ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes que precisan, de manera transitoria, un contexto de convivencia alternativo a su familia de origen, como lo indica la Ley Nº 114 de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nacional Nº 26.061 y la Convención Internacional de los Derechos del Niño. El Acogimiento Familiar es un dispositivo de alojamiento en un medio familiar alternativo, que se inicia bajo una Medida de Protección de Derechos. Es una práctica que, por un tiempo acotado, permite la convivencia en familias de la comunidad a niños y niñas que no pueden vivir en su propio entorno. Las convivencias se encuentran enmarcadas por leyes que regulan derechos y obligaciones de todas las partes intervinientes en el proceso.
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Definición operativa |
Sumatoria de niños, niñas y adolescentes alojados/as en hogares propios, conveniados y paradores; y en dispositivos de acogimiento familiar
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Unidad de medida |
Niña, niño o adolescente
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Universo |
Niñas, niños y adolescentes alojados/as en hogares propios, conveniados y paradores del GCBA
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Cobertura |
2020 - 2022
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Fuente |
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Información extraída del módulo LUNNA en el SADE.
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Uso, alcances, limitaciones |
Edad calculada al 31/12 del año correspondiente.
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