Nombre del indicador
Cambios registrales de género inscriptos en el Registro Civil por género autopercibido y grupo de edad
Definición conceptual
Trámite que posibilita el cambio de la inscripción relativa al sexo de una persona en el Registro Civil, cuando dicha inscripción no se corresponde con su verdadera identidad de género. Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (Ley 26.743/2012). Se contempla el cambio de nombre propio para que no resulte discordante con el sexo reclamado. Se emite el nuevo documento nacional de identidad correspondiente, conservándose el número original.
Unidad de medida
Tramites realizados
Universo
Población residente en la CABA
Cobertura
2016/2023
Fuente
Dirección General de Estadística y Censos (Ministerio de Hacienda y Finanzas GCBA) sobre la base de datos del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas
Uso, alcances, limitaciones
En 2020 por las restricciones impuestas por la crisis sanitaria COVID-19, a partir del mes de marzo, la cantidad de cambios registrales de género inscriptos se vio disminuida respecto a años anteriores. A partir del Decreto 476/2021 del 20 de julio de 2021, se debe reconocer el derecho a la identificación a aquellas personas cuya identidad de género se encuentre comprendida en opciones tales como no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra opción con la que pudiera reconocerse la persona, que no se corresponda con el binario femenino/masculino