Permiso:
está referido al expediente o trámite administrativo a través
del cual se solicita la autorización para el levantamiento de la edificación.
Generalmente, a cada permiso le corresponde una obra, por lo cual esta variable
refleja en buena medida la cantidad de obras que se autorizan.
Superficie
cubierta: corresponde a los metros cuadrados declarados en el plano
de obra presentado. No se considera la superficie semicubierta.
Construcción nueva: corresponde
al levantamiento independiente de una estructura completamente nueva, ya sea
que el sitio sobre el cual se construye haya estado o no previamente ocupado.
Comprende además, los casos referidos a la regularización de
una construcción ya realizada.
Ampliación: corresponde
al agregado de superficie cubierta a una estructura existente y lo referido
al trámite de regularización de una ampliación ya realizada.
Vivienda: es una habitación
o un conjunto de habitaciones y sus accesorios, en un edificio permanente,
que se destina a morada de uno o más individuos. Puede tener un acceso
separado a una calle, o un espacio común de acceso dentro de un edificio
que esté destinado a vivienda o no.
Ambiente: es toda
parte de la vivienda que puede ser considerada como cuarto, pieza o aposento.
Tal es el caso de los vestíbulos, salas, dormitorios, comedores, livings,
escritorios, etc. No se consideran como habitaciones a los locales destinados
a uso no residencial, a las cocinas, baños, pasillos, lavaderos, guardacoches,
balcones, etc.
Local: es todo espacio
cubierto y cerrado destinado a comercio, industria, prestación de servicios
y actividades conexas.
Destino de la obra: se define
en base a la utilización que se da a la mayor parte de la construcción,
es decir a más de la mitad de su superficie cubierta.
Univivienda: es todo edificio
residencial que comprende una sola vivienda y puede incluir uno o más
locales, es decir espacios destinados a fines no residenciales en el mismo.
Multivivienda: es todo edificio
residencial que comprende dos o más viviendas y puede incluir uno o
más locales en el mismo.
Otros destinos: comprende
toda edificación destinada principalmente a uso no residencial.
-
Industria y
Talleres: comprende todos los edificios destinados a las actividades de
fabricación, armado y depósito de los establecimientos industriales
de alta o baja complejidad.
-
Almacenaje
y Galpones sin Destino: comprende todos aquellos edificios que se destinan
a depósito de mercaderías, tinglados y galpones que se levantan
sin tener un fin determinado.
-
Administración,
Banca y Finanzas: comprende todos aquellos edificios que se destinan
para su uso en actividades administrativas por parte de las empresas y otras
instituciones privadas, tal es el caso de las oficinas, bancos, compañías
financieras y de seguros, etc.
-
Comercio:
comprende todos aquellos edificios que se destinan para su uso en las
actividades de comercio, tanto al por mayor como al por menor, tal es el caso
de almacenes, tiendas, galerías comerciales, paseos de compras, mercados
minoristas y/o mayoristas, supermercados, estaciones de servicios, etc.
-
Educación:
comprende todos aquellos edificios que se destinan para su uso en las
actividades de instrucción que proporcionen cursos de enseñanza
académica y/o técnica, tales como escuelas, colegios, universidades,
institutos, academias, guarderías de niños, etc.
-
Salud:
comprende todos aquellos edificios que se destinan principalmente a proveer
cuidados de la salud, tales como hospitales, sanatorios, clínicas,
consultorios, salas de primeros auxilios, dispensarios, enfermerías,
etc.
-
Transporte:
comprende todos aquellos edificios destinados al embarque de pasajeros y mercaderías
y a la guarda de vehículos, tales como puertos, estaciones de ómnibus,
aeródromos, e instalaciones conexas.
-
Hotelería y
Alojamiento: comprende todos aquellos edificios destinados al alojamiento
de huéspedes o pensionistas en los que se sigue un régimen especial
caracterizado por el pago diario, semanal, quincenal o mensual del importe
del alojamiento, incluidos los moteles y alojamientos por hora, geriátricos
o asilos de ancianos, orfanatos, etc.
-
Cultura y Espectáculos:
comprende todos aquellos edificios destinados a actividades tales como
museos, bibliotecas, cines, teatros, auditorios, etc.
-
Deportes y
Recreación: comprende todos aquellos edificios destinados a actividades
tales como clubes deportivos, estadios, gimnasios, canchas de tenis cubiertas,
casinos, etc.
-
Gastronomía:
comprende aquellos locales destinados a la venta al por menor de alimentos
y bebidas para consumo inmediato e "in situ", tal es el caso de
restaurantes, parrillas, casas de comidas, bares, confiterías, cafeterías,
pizzerías, etc.
- Otros
Rubros: comprende todos aquellos edificios destinados a actividades
no incluidas en las definiciones anteriores, tales como cuarteles de bomberos
voluntarios, capillas, iglesias, etc.
Categorías de viviendas
- Sencilla: no podrán figurar
más ambientes que: porche o vestíbulo; sala de estar o comedor;
dormitorios; baño y toilette para cada cuatro locales de primera; cocina,
lavadero, garaje, depósito; servicios centrales de calefacción,
agua caliente y/o aire acondicionado.
- Confortable: no podrán figurar más
ambientes que: escritorio, antecocina o antecomedor o comedor diario (siempre
que su separación con el ambiente principal esté perfectamente
definida); una habitación de servicio y un baño de servicio;
un cuarto de planchar. El living y el comedor o el living-comedor no deben
exceder en conjunto de 42 m² de superficie.
- Lujosa: no podrán figurar más
que: ascensor en las unifamiliares; ascensor con acceso privado o un solo
departamento por piso; ascensor de servicio, siempre que el mismo esté
perfectamente caracterizado como tal; hasta tres habitaciones y tres baños
de servicio; living o living-comedor que excedan de 42 m² de superficie.
- Suntuosa: no podrán figurar más
que: aquellas que reuniendo las características indicadas en el inciso
anterior, tengan su construcción complementada con detalles suntuosos
e importantes ambientes de recepción, más de tres habitaciones
y tres baños de servicio; pileta de natación, cuerpo independiente
para vivienda de servicio, etc.
Indicadores de obras de construcción
- Duración promedio: se tomará en meses
desde el momento que se comienzan a realizar las tareas hasta la finalización
de la obra.
- Costo promedio del m²: se define considerando todos los montos a invertir para la ejecución
de la obra, sin incluir el I.V.A. y el valor del terreno. Sí se consideran
los montos referidos a materiales, mano de obra, gastos generales, honorarios
profesionales y derechos varios.